Más contenido jurídico en elDial.com Por Abog. Anastasia Bosque Introducción En materia de derecho de familia, la obligación alimentaria suele asociarse principalmente a los procesos que involucran niños, niñas y adolescentes. Sin embargo, el deber de asistencia también puede proyectarse, de manera excepcional, entre excónyuges. En primer término, hay que hacer una distinción entre dos conceptos: no es lo mismo hablar de alimentos entre personas separadas de hecho que entre personas divorciadas , porque el divorcio produce efectos jurídicos concretos, extingue deberes propios del vínculo matrimonial y modifica sustancialmente el régimen de obligaciones entre quienes fueron cónyuges.
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